Se acaban de cumplir 10 años de la entrada de China en la Organización Mundial de Comercio (OMC) y aunque un análisis del tema puede sonar un tanto teórico, las implicancias de este hecho y sus consecuencias futuras tienen gran importancia para cualquiera que esté involucrado en el comercio con el país asiático.
Durante esta década las ventajas, tanto para China como para el resto del mundo de este ingreso han sido muy importantes. En muchos artículos y análisis se ha puesto de manifiesto que China ha sido la gran vencedora, al incrementar sustancialmente sus exportaciones al exterior y pasar en unas décadas de ser una economía basada en la agricultura a convertirse en la primera economía manufacturera mundial. Los consumidores de todo el mundo han podido comprar productos a precios más económicos y ya hoy muchas empresas extranjeras comienzan a beneficiarse del aumento del consumo interno chino.
A causa de la actual crisis económica mundial, muchos países intentan mejorar sus balanzas comerciales a través del incremento de sus exportaciones y la disminución de sus importaciones. La devaluación de la moneda ha sido el principal instrumento utilizado por algunos países durante la crisis para mejorar la competitividad, instrumento cuyo uso acarrea el peligro de que el mundo entre en una guerra comercial, como ya ocurrió antes durante la Gran Depresión de 1929. El papel que juega la OMC para evitar este tipo de situaciones es fundamental.
Gracias a la ventaja de contar con unos costos muy bajos, a las economías de escala y la absorción de una parte importante de la producción que antes se realizaba en otros países, en estos últimos años hemos asistido al posicionamiento de China como la “fábrica del mundo”. Pero el gran dilema respecto del futuro del comercio mundial no es si China seguirá siendo capaz de mantener esos bajos costos, lo que sin duda no ocurrirá, si no si será capaz de incrementar el valor agregado de su actual producción y transformarla en una producción de alto contenido tecnológico sin la necesidad de importar desde terceros países el conocimiento necesario para ello.
Si China consigue vencer este desafío e ingresa al mundo de la innovación va colocar en un gran aprieto a muchas empresas de las economías avanzadas, las que luego de sufrir duramente con la actual crisis han puesto todos sus esfuerzos y esperanzas en el cambio de su modelo productivo, desde una base industrial tradicional hacia unas economías basadas precisamente en la innovación, el conocimiento y el capital humano altamente calificado.
Desde un punto de vista práctico, estos años en la OMC le han servido a China para reforzar su conocimiento respecto del complejo sistema organizativo de esa institución. Este aprendizaje se aprecia muy bien cuando se analizan los distintos casos de denuncias contra China interpuestos ante el Órgano de Solución de Diferencias de la OMC, que es la institución encargada de resolver los conflictos entre los países miembros.
El primer caso contra China fue presentado por los Estados Unidos en el año 2004. Fue un conflicto relacionado con el impuesto al valor agregado aplicable a los circuitos integrados, pero el caso no llegó a mayores y acabó solucionándose gracias a un acuerdo entre las dos partes. El último conflicto en la OMC con China fue también presentado por EE.UU. en septiembre de 2011, denunciando las prácticas antidumping y compensatorias de Beijing sobre productos avícolas. En estos diez años se han presentado un total de 23 casos contra China, más de la mitad de ellos por Estados Unidos (12), seguido de la Unión Europea (5) y otros países como México, Canadá y Guatemala.
En la mayoría de los casos, China ha perdido esos litigios o ha llegado a acuerdos para evitar una decisión que vaya en contra de sus intereses. Algunos de estos casos fueron de gran relevancia debido al tema involucrado. En 2007, en una disputa sobre la protección y defensa de los derechos de propiedad intelectual, el panel de resolución de diferencias de la OMC concluyó que la legislación de copyright y medidas aduaneras de China al respecto no estaban de acuerdo con las normativas de la OMC. Consecuentemente, en 2010 China aprobó la Ley de Derechos de Autor, que busca implementar las recomendaciones de la OMC.
En 2009 se produjo otro caso muy importante. Estados Unidos alegó que China incumplía con las normas de la OMC a causa de sus restricciones a la exportación del manganeso o la bauxita. Según los EE.UU., China aplicaba medidas para evitar la exportación de ciertos materiales que eran necesarios para la fabricación de algunos productos tecnológicos, con el fin de generar escasez y propiciar de esta forma el alza de los precios y mejorar la competitividad de las empresas locales. En su defensa, China alegó que la conservación y protección de los recursos naturales o la protección de la salud de sus ciudadanos la obligaba a proceder de esa manera. Pero el Órgano de Solución de Diferencias de la OMC estableció la ilegalidad de las medidas impuestas por China y desestimó sus alegaciones por falta de pruebas, ya que la producción destinada al consumo interno no estaba sujeta a ningún tipo de medidas restrictivas.
Es muy probable que en los próximos meses, según la evolución de la crisis y la lenta recuperación de la economía mundial, asistamos por un lado a un incremento de medidas proteccionistas y por otra al aumento de acuerdos bilaterales en perjuicio de la profundización de los acuerdos multilaterales. Ante este escenario, cada empresa latinoamericana deberá estar preparada para un escenario de mayores dificultades en el comercio internacional, en el cual factores exógenos influirán con más fuerza e importancia en las operaciones cotidianas


